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Confidencialidad

Nota: Los empleados y los solicitantes de empleo federales tienen un proceso de quejas diferente.

La información obtenida de las personas que se comunican con la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, por sus siglas en inglés) es confidencial y no se revelará al empleador hasta que dicha persona presente un cargo de discriminación. Cuando una persona se comunique con la EEOC, deberá proporcionar información, que puede incluir lo siguiente:

  1. El nombre, la dirección, el número de teléfono y la fecha de nacimiento de la persona
  2. El Número de Seguro Social (opcional)
  3. El nombre, la dirección y el número de teléfono del empleador
  4. La cantidad de empleados aproximada del empleador
  5. Las fechas del incidente
  6. La explicación del empleador por sus acciones (si están disponibles)
  7. El motivo por el cual la persona considera que la medida adoptada en su contra fue discriminatoria
  8. Los nombres de las personas que recibieron un trato más favorable (si corresponde)

Esta información se utilizará para mantener un registro y determinar si la situación está cubierta por la EEOC. Los empleados de la EEOC están sujetos a estrictos requisitos de confidencialidad establecidos por ley.

Después de presentar el cargo, el nombre de la persona y la información básica de las denuncias de discriminación se darán a conocer al empleador. Conforme a lo que establece la ley, debemos enviar una copia del cargo al empleador en el término de los 10 días posteriores a la fecha de presentación. Durante el curso de la investigación, la EEOC mantendrá la confidencialidad de la información sobre la parte demandante y el demandado, y dicha información no se hará pública.

Cómo Mantener el Anonimato

Al presentar un cargo, debe darnos su nombre. Su nombre debe aparecer en el cargo y este debe estar firmado por usted. La ley nos exige enviar su cargo al empleador para que este pueda responder las reclamaciones que aparecen en su cargo. Si desea mantener el anonimato, aceptaremos un cargo presentado en nombre de otra persona que haya sido víctima de discriminación. El cargo puede ser presentado por una persona o una organización. En dichos casos, generalmente, no informamos al empleador en nombre de quién se presentó el cargo, pero si el nombre de la persona u organización que presentó el cargo.

Sin embargo, en la práctica, aunque nunca se revele el nombre, puede ser difícil ocultar la identidad de la persona que considera haber sido víctima de discriminación durante la investigación, debido a las circunstancias del cargo.

Un padre también puede presentar un cargo "en nombre de" un hijo menor de edad o de un hijo con una deficiencia mental.

Represalias por Parte de un Empleador

Su empleador no puede despedirlo, degradarlo, hostigarlo "ni tomar represalias" en su contra de ningún otro modo por presentar un cargo. Todas las leyes que ejecutamos establecen que es ilegal que un empleador tome represalias contra alguien que presenta un cargo o alguien que participa en una investigación o demanda de la EEOC.

Si considera que se tomaron represalias en su contra, debe comunicarse de inmediato con el investigador que revisa su cargo. El investigador conversará con usted acerca de la situación y agregará una reclamación de represalias a su cargo, si corresponde. Si se agrega una reclamación de represalias a su cargo, se le informará al empleador y luego se investigará dicha reclamación junto con el resto del cargo. Tenga en cuenta que los plazos estrictos para presentar un cargo también se aplican para agregar un cargo. El hecho de que haya presentado un cargo anterior no puede extender el plazo. Por este motivo, debe comunicarse con nosotros lo antes posible.