Breadcrumb

  1. Inicio
  2. oficina campo
  3. Oficina de Distrito de Nueva York

 

Tenga en cuenta que usted tiene la opción de programar una entrevista telefónica, por video con un representante de la EEOC o una entrevista en persona en nuestra oficina. Las personas que acudan al consultorio sin cita previa serán examinadas para realizar un seguimiento adecuado. Se recomienda programar una entrevista la cual se dará prioridad a aquellas que la realizaron.

Le recomendamos que visite el Portal público de la EEOC (https://publicportal.eeoc.gov/) para programar una cita de admisión por teléfono, por video o en persona. También se puede acceder al sistema directamente en nuestro sitio web en https://www.eeoc.gov/.

Existen plazos estrictos para presentar un cargo por discriminación; revise la información en la sección puntualidad o llame al 1-800-669-4000.

Las personas con problemas auditivos pueden comunicarse con la EEOC por videollamada al 1-844-234-5122. Si tiene una discapacidad que le impide acceder al Portal público o tiene dificultades para acceder al portal, llame al 1-800-669-4000.

Para obtener información sobre cierres temporales de oficinas debido a inclemencias del tiempo u otros problemas, consulte nuestra página Estado operativo.

 

Programa de Mediación

La mediación es una forma de Resolución Alternativa de Disputas (ADR) ofrecida por la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE. UU. (EEOC) como alternativa al proceso de litigio o de investigación tradicionales. La mediación es un proceso informal en el que una tercera parte neutral asiste a las partes en desacuerdo a alcanzar una resolución negociada y voluntaria de una querella por discriminación.

  • La decisión de mediar es completamente voluntaria para la parte demandante y el empleado.
  • La mediación otorga a las partes la oportunidad de discutir los temas surgidos en la querella, aclarar malentendidos, determinar los intereses o preocupaciones subyacentes, encontrar márgenes de acuerdo y, en última instancia, incorporar esos márgenes de acuerdo en las resoluciones.
  • Un mediador no resuelve la querella ni impone un fallo sobre las partes. El mediador sí ayuda a las partes a acordar una resolución que sea mutuamente aceptable.
  • El proceso de mediación es estrictamente confidencial.
  • La información revelada durante la mediación no será develada a nadie, incluyendo otros empleados de la EEOC.

 

Contacto
David L. Reinman, Supervisory ADR Coordinator
Teléfono