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Press Release 04-11-2025

En Acuerdo con la EEOC, Cuatro Firmas Importantes de Abogados Rechazan la DEI y Reafirman su Compromiso con las Prácticas de Empleo Basadas en el Mérito.

WASHINGTON – Cuatro de las más grandes firmas de abogados del mundo —Kirkland & Ellis LLP, Latham & Watkins LLP, Simpson Thacher & Bartlett LLP y A&O Shearman Sterling, LLC— han llegado a un acuerdo con la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC) de EE. UU., anunció hoy la agencia federal.

El 17 de Marzo, la presidenta interina, Andrea Lucas, envió cartas a estos y otros bufetes de abogados de élite en relación con sus promocionadas prácticas de DEI. Específicamente, Lucas solicitó información a ciertos bufetes para comprender mejor si sus respectivas políticas, programas y prácticas de “Diversidad, Equidad e Inclusión” (“DEI”) implicaban o resultaban en un trato desigual por motivos de raza y sexo contra empleados, solicitantes y participantes en programas de capacitación, tanto blancos como masculinos, en violación del Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964. Las cartas indagaban sobre un posible trato desigual en la contratación, compensación, ascensos, descensos de categoría, despidos y acceso a privilegios laborales, incluyendo, entre otros, la contratación y compensación para programas de verano para asociados y el acceso a mentoría, patrocinio, desarrollo de liderazgo y otros programas de capacitación y desarrollo profesional.

Hoy, los bufetes y la EEOC firmaron un acuerdo de conciliación. Los bufetes decidieron resolver voluntariamente los asuntos con la EEOC, sin admitir responsabilidad, para evitar una disputa prolongada. En virtud del acuerdo plurianual, los bufetes reafirmaron su compromiso con la contratación, ascensos y retención legal basados ​​en el mérito. Se acordó no incurrir en discriminación ilegal ni en preferencias basadas en raza, sexo u otras características protegidas, incluyendo políticas, programas y prácticas previamente etiquetados, caracterizados o enmarcados como programas de diversidad o DEI; se acordó dejar de categorizar como DEI ningún empleo ni práctica legal (incluyendo aquellos que abordan la igualdad de oportunidades laborales, la accesibilidad o las adaptaciones razonables por religión, discapacidad o embarazo); y se acordó la supervisión del cumplimiento.

“El objetivo legal del Título VII es el cumplimiento voluntario de la ley. Nos complacen los compromisos asumidos por Kirkland & Ellis, Latham & Watkins, Simpson Thacher y A&O Shearman”, declaró Lucas. “Esperamos que estas empresas se conviertan en líderes en su sector al eliminar las prácticas laborales potencialmente ilegales basadas en la DEI y restablecer la igualdad de oportunidades laborales basada en el mérito para todos”. Para obtener más información sobre cuándo las iniciativas, políticas, programas o prácticas de DEI pueden ser ilegales según el Título VII, consulte los documentos recientes de asistencia técnica de la EEOC: Lo que debe saber sobre la discriminación relacionada con la DEI en el trabajo (en inglés)y Qué hacer si sufre discriminación relacionada con la DEI en el trabajo (en inglés).

La EEOC es la única agencia federal autorizada para investigar y litigar contra empresas privadas y otros empleadores privados por violaciones de las leyes federales que prohíben la discriminación laboral. En el caso de los empleadores públicos, la EEOC comparte jurisdicción con la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia; la EEOC es responsable de investigar las denuncias del sector público antes de remitirlas al Departamento de Justicia para un posible litigio. La EEOC también es responsable de coordinar las iniciativas del gobierno federal contra la discriminación laboral. Puede encontrar más información en www.eeoc.gov/es. Manténgase al día con las últimas noticias de la EEOC suscribiéndose a nuestras actualizaciones por correo electrónico.