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Seals of EEOC and Mexico

Memorándum de Entendimiento Entre la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de los Estados Unidos de América y la Secretaría de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos

La Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de los Estados Unidos de América (EEOC, por sus siglas en inglés) y la Secretaría de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos (SRE), en adelante referidos de manera conjunta como los “Participantes”;

RECONOCIENDO el deseo de los Participantes de mejorar el cumplimiento y entendimiento de las leyes y reglamentos en materia de empleo aplicables a todas las personas mexicanas en los Estados Unidos de América; y

RECONOCIENDO la necesidad de mantener una relación de cooperación con fines tales como la capacitación y la educación, la difusión y la comunicación, y la promoción de un diálogo sobre el cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicados por EEOC;

Han alcanzado el siguiente entendimiento:

Objetivo General

Los Participantes tienen la intención de establecer una relación de colaboración para proveer a las personas mexicanas en los Estados Unidos de América información, orientación y acceso a los recursos de capacitación y educación, para ayudarles a entender y ejercer sus derechos laborales, especialmente en lo que concierne a la reducción de las violaciones de tales derechos conforme a las leyes y reglamentos administrados y aplicados por EEOC, incluyendo el Título VII de la Civil Rights Act de 1964 (Título VII-CRA), según enmendada; la Pregnancy Discrimination Act (PDA); la Equal Pay Act de 1963 (EPA); la Age Discrimination in Employment Act de 1967 (ADEA), según fue enmendada; el Título I de la Americans with Disabilities Act de 1990 (ADA), según fue enmendada; la Genetic Information Non-discrimination Act de 2008 (GINA); y la Pregnant Workers Fairness Act de 2022 (PWFA).

Capacitación y Educación

Los Participantes tienen la intención de trabajar conjuntamente para lograr los siguientes objetivos de capacitación y educación:

  • Desplegar esfuerzos de divulgación con la finalidad de concientizar a las personas mexicanas en los Estados Unidos de América sobre las leyes y reglamentos laborales.
  • Monitorear, examinar, evaluar y ajustar de forma anual dichos esfuerzos de divulgación de conformidad con los términos de este Memorándum de Entendimiento, a fin de asegurar que las personas mexicanas en los Estados Unidos de América estén conscientes de sus derechos y responsabilidades laborales.
  • Que la EEOC proporcione al personal de los consulados mexicanos en los Estados Unidos de América la capacitación necesaria sobre la aplicación y el cumplimiento de los estatutos y reglamentos que aplica y administra para permitirles comprender las leyes y requisitos jurisdiccionales y con ello canalizar correctamente a la EEOC las quejas potenciales.
  • Desarrollar otros materiales educativos adecuados, según sea necesario.
  • Hacer los arreglos necesarios para que un representante de la EEOC asista a foros para proporcionar capacitación e información a las personas mexicanas y empleadores en los Estados Unidos de América sobre temas que incidan en las leyes y reglamentos contra la discriminación aplicados por la EEOC.

Difusión y Comunicación

Los Participantes tienen la intención de trabajar conjuntamente para lograr los siguientes objetivos de difusión y comunicación:

  • Celebrar reuniones, foros informativos, presentaciones o sesiones de capacitación a los que se espera que asista un representante de cada Participante.
  • Difundir este Memorándum de Entendimiento a través de los medios de información nacionales e internacionales sujeto a la disponibilidad de recursos.
  • La SRE tiene la intención de ayudar a la EEOC a localizar a nacionales mexicanos que hayan regresado a México y a quienes se les adeude compensación monetaria que haya sido recuperada por la EEOC de las organizaciones deudoras.
  • La EEOC proporcionará a la SRE el nombre, fecha de nacimiento y cualquier otra información pertinente sobre los trabajadores actuales y pasados. Cuando se logre contactar a los trabajadores, la EEOC tiene la intención de coordinarse con la SRE para la entrega de la compensación monetaria correspondiente.
  • Compartir materiales educativos proporcionados por la EEOC a los Consulados de México en los Estados Unidos de América, a fin de que sean distribuidos entre la población mexicana en la circunscripción consular.

Promoción de un Diálogo

Los Participantes tienen la intención de trabajar conjuntamente para lograr los siguientes objetivos relacionados con la promoción de un diálogo nacional sobre discriminación e igualdad de oportunidades en el empleo:

  • Concientizar y demostrar compromiso con respecto a la igualdad de oportunidades laborales y los derechos de las personas trabajadoras, siempre que los Participantes se dirijan a grupos de la comunidad mexicana en los Estados Unidos de América.
  • Convocar o participar en foros, mesas redondas, webinars o reuniones con grupos de interés sobre temas que afecten a las personas mexicanas en los Estados Unidos de América, a fin de ayudarles a encontrar soluciones innovadoras sobre temas relacionados con la discriminación en el empleo, la igualdad de oportunidades laborales y otros temas laborales; así como para comprender los derechos de los trabajadores t y las responsabilidades de los empleadores.
  • Compartir información sobre las leyes y reglamentos de los Estados Unidos de América sobre igualdad de oportunidades en el empleo, incluyendo las relacionadas con los derechos de los trabajadores, las responsabilidades de los empleadores, y la explotación laboral.

Los representantes de la SRE y la EEOC tienen la intención de reunirse periódicamente a fin de desarrollar un Plan de Acción, para acordar de común acuerdo procedimientos de trabajo, y para identificar los roles y responsabilidades de los Participantes. La EEOC tiene la intención de designar un punto de contacto en sus oficinas de distrito y de área para la canalización de asuntos desde los consulados mexicanos en los Estados Unidos de América. Asimismo, los Participantes tienen la intención de reunirse cada año para monitorear y compartir la información sobre las actividades y el avance realizado en el logro de los objetivos del Memorándum de Entendimiento.

La duración de este Memorándum de Entendimiento será de tres (3) años a partir de la fecha de su firma. Este Memorándum de Entendimiento sustituye los arreglos locales celebrados entre las oficinas de EEOC y los consulados mexicanos en determinadas localidades si y sólo en la medida en que existan discrepancias entre dichos arreglos locales y este Memorándum de Entendimiento. Este Memorándum de Entendimiento podrá ser modificado por escrito en cualquier momento por mutuo consentimiento de los Participantes. Cualquiera de los Participantes puede suspender su participación en el presente Memorándum de Entendimiento dando aviso por escrito con treinta (30) días de anticipación.

Este Memorándum de Entendimiento no es un acuerdo internacional y no crea derechos ni obligaciones bajo el Derecho Internacional.

Firmado en Washington, DC, en duplicado, el 8 de Noviembre de 2024, en los idiomas español e inglés.

 

POR LA SECRETARÍA DE
RELACIONES EXTERIORES
DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS


 

_________________________
Esteban Moctezuma Barragán
Embajador de México
en los
Estados Unidos de América

POR LA COMISIÓN
DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
LABORALES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

 

_______________________
Charlotte A. Burrows
Presidenta de la
Comisión de Igualdad de
Oportunidades en el Empleo

 

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